1. La aparición de una mano de obra cualificada: los juristas romanos
Ya hemos visto cómo aparecen los planos para diseñar el orden jurídico, y de donde salen los materiales para construir el sistema del derecho romano. Pero ahora nos falta lo más importante: examinar la mano de obra que va a utilizar los materiales para seguir lo indicado en los planos.
Al aumentar el tamaño de los grupos humanos, especialmente a partir de la Revolución agrícola y la aparición de “órdenes imaginados” (ciudades, imperios, estados) para consolidar la organización del grupo, las posibilidades de que se produzca algún enfrentamiento entre los miembros del grupo aumentan y en consecuencia es preciso reforzar la eficacia de los instrumentos de resolución de conflictos.
Todas las sociedades humanas generan este tipo de mecanismos dirigidos a evitar que las peleas entre los integrantes del grupo social puedan degenerar en una guerra abierta que pueda desintegrar la convivencia y aboque el grupo a su desaparición. No obstante fue solo en una civilización determinada donde estos instrumentos que el grupo desarrolla para preservar la cooperación en grandes grupos de sapiens alcanzan una calidad extraordinaria. Me refiero a Roma.
Si en todas las sociedades y grupos humanos el derecho es una necesidad, no en todas las sociedades los mecanismos jurídicos son igual de eficaces. De hecho solo hay una civilización o cultura en la que la resolución de los conflictos humanos se “profesionaliza”, ya que en su seno surgen una serie de personas que dedican su vida a ayudar a sus congéneres a resolver sus diferencias entre ellos, y esta es la civilización romana. Los romanos no eran brillantes intelectuales o artistas. Pero sí eran prácticos. Y por ello lograron conformar el primer gran imperio occidental. El secreto fue, esencialmente, que: primero, superaron la encrucijada de las guerras civiles (provocadas porque el sistema republicano de gobierno de la polis no servía para regir un territorio cada vez más extenso), y gracias a Augusto sentaron las bases del primer gran imperio occidental. Y segundo, porque lograron desarrollar un sistema jurídico excelente. Tan bueno que nuestros sistemas jurídicos occidentales se basan en el Derecho romano.
La pregunta del millón es por qué fue precisamente en Roma donde apareció el primer gran sistema jurídico de la historia. Y la sencilla respuesta es: porque fue en Roma donde aparecen los primeros profesionales del derecho de la historia: los juristas. En esta entrada vamos a ver por qué aparece esta clase profesional, fenómeno que se analiza con detalle en el episodio 5 del Tratado de Derecho pop.
2. Donde se descubre cuándo y por qué el derecho dejó de ser “pop”
Hoy nos parece obvio que el derecho es una cosa ajena a nosotros. Y es que desde hace tiempo es algo complejo que está fuera del alcance del ciudadano de a pie. Os pido que os leáis la “Introducción” al Tratado de Derecho pop (pgs. 27 a 38) en la que pongo de relieve que “La gente que no ha estudiado o practicado el derecho, suele quejarse, con razón, que el derecho es incomprensible, y están convencidos que los abogados, los jueces y toda esa panda hablan otro idioma y están al margen de la realidad y del sentido común. Y no solo ahora, sino desde siempre” (p. 27).
En este sentido la culpa de todo este embrollo la tienen también los romanos que fueron los primeros que desarrollaron una “técnica jurídica”. Es cierto que ello propició que los conflictos en la civitas romana se resolviesen de forma cada vez más eficaz y contribuyeron a la grandeza del poderoso Imperio romano. Sin embargo, la contrapartida fue que el derecho se alejó del ciudadano de a pie, y por eso aquellos que queréis dedicaros al derecho tenéis que estudiar la carrera de derecho. Sin embargo lo ideal sería que los ciudadanos pudieran entender como funciona el derecho sin necesidad de cursar estudios jurídicos, y por ello abogo plenamente por una divulgación sencilla del derecho. Para que cuando los ciudadanos tengan que afrontar alguna cuestión jurídica sepan s a qué atenerse.
Pero hoy de lo que se trata es de averiguar por qué algunos romanos decidieron dedicar su vida a resolver los conflictos de los demás. Y para ello vamos a partir de la situación de la Atenas clásica, concretamente de uno de los “procesos” más famosos de la historia el de Sócrates (470-399 a.C.). Y es que, aunque Sócrates sabía que se jugaba el cuello –de hecho lo acabó perdiendo- no recurrió a ningún profesional para defenderse de las graves acusaciones que pesaban sobre él. Sino que él mismo se encargó de su defensa, con pésimo resultado como todos sabemos. Aunque como veréis (pgs. 98-99 del Tratado de Derecho pop, las cosas no eran tan sencillas.
En Grecia no había juristas profesionales. Era una gran civilización, pero los griegos resolvían los conflictos entre ciudadanos de forma bastante chapucera. Por eso Grecia jamás fue un gran poder territorial y no tardó en ser conquistada e incorporada como provincia por Roma.
3. Un derecho de acciones es un derecho complicado
Ya sabéis que el sistema jurídico romano no se basaba en normas legislativas (leyes) como el nuestro sino en la posibilidad de “actuar” frente a un tribunal para defendernos frente a una agresión. Era un derecho de acciones. El problema era que estas acciones eran muy formales y rígidas. La consecuencia era que no podíamos defendernos si no existía una “acción” previa a la que acogerse. Al principio el catálogo de acciones era muy limitado. Se circunscribía a las 5 taxativamente recogidas en la Ley de las XII tablas (450 a.C.). Los ciudadanos romanos solo disponían en aquél tiempo de las “legis actiones”.
No obstante, como sabéis, las cosas mejorarían gracias a los pretores y a que la Lex Aebutia les permitió incorporar al sistema nuevas acciones por la vía del “proceso formulario”. Gracias a ello los ciudadanos de Roma, junto a las “legis actiones” dispusieron de nuevas “fórmulas” para defender sus derechos ante los tribunales. Aunque para ello los pretores se apoyaron en una serie de profesionales del derecho que les asesoraban en un órgano pluripersonal de asesores llamado “consejo” (consilium). Es decir que las nuevas acciones no eran en realidad obra del pretor sino de profesionales especializados.
La cuestión está en por qué un derecho de acciones requiere ser manejado por personas especializadas. Pues bien como veréis en el episodio 5 del Tratado de Derecho pop, porque inicialmente las “acciones” estaban incorporadas a fórmulas religiosas muy rígidas y formales, que solo conocían los sacerdotes. Por eso los ciudadanos necesitaban la intermediación de un pontífice para beneficiarse de una de esas acciones formales. Al menos hasta que se rebelaron y lograron la publicación de la Ley de las XII tablas.
4. Unos sacerdotes muy pragmáticos
Sin embargo, en honor a la verdad, hay que decir que los sacerdotes romanos favorecieron el surgimiento de un derecho práctico. Y ello porque “no se limitaban a preservar las fórmulas litúrgicas en el archivo correspondiente y a recitarlas mecánicamente cuando lo requerían sus conciudadanos, también ayudaban a los particulares cuando éstos les pedían consejo acerca de cómo solicitar eficazmente la ayuda de los dioses. Aunque la función del sacerdote romano era en principio la de garantizar que los ciudadanos respetaran la tradición sagrada de los antepasados, en caso necesario, y atendiendo a consideraciones prácticas, podía interpretar la voluntad de los dioses alterando o completando las palabras rituales. En estos casos, los pontífices daban respuestas (responsa) adaptando la hierática fórmula sagrada tradicional a las necesidades del peticionario” (p. 101).
Gracias a los “responsa” estos intermediarios religiosos entre los ciudadanos y el “ius” sentaron las bases del crecimiento del derecho romano. Aunque realmente el sistema jurídico romano no creció gracias a ellos sino como consecuencia de que su labor jurídica pronto escapó al monopolio religioso y quedó en manos de profesionales del derecho laicos. Así es como aparece el derecho de la civitas (ius civile) como un instrumento técnico desvinculado de cualquier connotación religiosa, aunque, como podéis comprender, este paso no se dio de la noche a la mañana.
5. Del ius sacrum al ius civile
El monopolio que los sacerdotes ejercían sobre el derecho se rompe por tres circunstancias. La ley de las XII tablas, el surgimiento de la primera literatura jurídica y la iniciativa de Tiberio Coruncanio, el primer plebeyo que accede al cargo de pontífice máximo.
a) La revolución de la Ley de las XII tablas
El primero fue la rebelión de la plebe contra los privilegios jurídicos de los patricios en el 494 a. C.
b) La aparición de la "literatura jurídica"
El paso siguiente hacia la desacralización del “ius” lo dio a finales del siglo IV a.C. un hombre humilde pero inteligente Cneo Flavio.
Hijo de un liberto (ex esclavo) gracias sus méritos y a ser secretario de un personaje eminente, Apio Claudio El Ciego, logró ser nombrado “edil” lo que le permitió conocer bien el mundo de las acciones procesales de los sacerdotes.
Aunque lo importante es que tomó la iniciativa de recoger muchas de ellas por escrito y publicar en el foro esas fórmulas lo que asestó otro duro golpe a la aristocracia patricia y al colegio de sacerdotes. El ejemplo de Cneo Flavio sería seguido por Sextus Aelius Paetus, alias “Catón el Sagaz” y Manius Manilius, quienes pusieron por escrito otras dos colecciones de fórmulas procesales. Surge así la “literatura Jurídica”. No en el sentido que hoy tiene la palabra literatura, sino en el de todo documento escrito, aunque no contenga escritos de ficción o ensayos y se limite a una relación aburrida de fórmulas procesales.
La escritura fue esencial sin embargo para que el derecho romano se expandiese y consolidase como un instrumento de resolución de conflictos al servicio de los ciudadanos romanos.
c) La revolución de Tiberio Coruncanio (siglo III a. C.)
Los privilegios de la clase sacerdotal y de la aristocracia patricia acabaron de tambalearse como consecuencia de la iniciativa de Tiberio Coruncanio, el primer plebeyo que pasó a ser la máxima autoridad sacerdotal romana. Lo que explica que adoptase una iniciativa revolucionaria: hacer públicas las consultas que los ciudadanos hacían a los sacerdotes en materia jurídica.
6. Para recurrir al “ius civile” los romanos siguen necesitando a profesionales.
El hecho que cualquier persona que supiera leer pudiese tener acceso a las fórmulas del ius, brindaba, en principio, a todo ciudadano la posibilidad de defenderse en los tribunales por sí mismo. Sin embargo, en la práctica, quienes tenían un problema jurídico siguieron recurriendo a personas especializadas en el manejo del ius. ¿Por qué? Sencillamente porque para entonces, el derecho en Roma se había convertido en un mecanismo de resolución de conflictos extraordinariamente sofisticado que no estaba al alcance de cualquiera.
El resultado fue que siguieron siendo indispensables los conocedores del ius que dedicaban lo mejor de su tiempo a responder a las consultas jurídicas de sus conciudadanos. Como además estos "jurisconsultos" eran por lo general personas ecuánimes, pues procuraban solucionar el conflicto de la forma más equitativa posible, su labor pasó a denominarse “jurisprudencia”.
7. En aquél entonces uno no se ganaba la vida con la profesión jurídica pero daba prestigio
Hoy los abogados tienen muy mala fama porque la opinión pública considera que se lucran mucho a base de complicar mucho las cosas y enredar a los clientes, y sobre todo a sus adversarios en las cuestiones jurídicas. Por eso en Estados Unidos tiene una malísima reputación, hasta el punto de hay un género de “chistes” especializado en denigrar a los abogados. Os pongo un ejemplo:
“Un cliente entra en un despacho de abogados.
– Buenos días, ¿cuánto cobra por una consulta rápida?
– Serán 100 euros por tres preguntas.
– Es un poco caro, ¿no?
– ¿Cuál es su tercera pregunta?”
Los abogados hoy son costosos y es un poco triste que los ricos, al poder costearse abogados caros, puedan salir mejor librados que un ciudadano ordinario con escasos recursos. Los ricos, o los “políticos” acusados de corrupción, a los que el partido proporciona cobertura jurídica para que no “canten”.
En Roma inicialmente las cosas no eran así ya que los “juristas” no cobraban nada a sus clientes por asesorarlos o defenderlos en un tribunal. De ahí que los emolumentos que hoy perciben los abogados se llamen hoy "honorarios". Ya sé que en nuestra época de materialismo extremo eso es difícil de concebir. Sin embargo en Roma quienes se dedicaban a la profesión jurídica no lo hacían por razones “crematísticas” sino porque el ejercicio de la profesión jurídica daba mucho prestigio social, y ese prestigio social permitía acceder a la carrera política (cursus honorum) y a las magistraturas y acabar la vida en el Senado donde se reunía la élite de Roma. Gracias al ejercicio de la profesión jurídica uno se convertía en “Establishment”. El caso más conocido es el de Cicerón (106-43 a.C.), procedente de la clase media (de los “caballeros”) quien gracias a su labia y dotes oratorias no solo alcanzó la cúspide del “cursus honorum” (la carrera política) es decir: el consulado sino que fue una figura clave en la historia de Roma en el convulso período de las guerras civiles. Lo que a la postre le costó ser asesinado por orden de Marco Antonio.
Para conocer esta figura apasionante os recomiendo la Trilogía de Cicerón de Robert Harris que abarca los volúmenes de “Imperium”, “Conspiración” y “Dictator”. Tan indispensable como entretenida. Además es muy fidedigna ya que Harris se basa en los propios escritos de Cicerón que transcribió uno de sus esclavos que nada más y nada menos inventó la “taquigrafía”. Por eso conocemos la obra de Marco Tulio Cicerón.
8. De como los emperadores acabaron controlando a los juristas.
Inicialmente los juristas romanos no dependían del poder político. Uno llegaba a ser jurista porque iba a trabajar y a aprender con uno. No había estudios especializados, ni se requería diploma alguno. Solo aprender la profesión con un maestro: un jurista prestigioso.
Y aquí, otra vez más, salvó el sistema el genio de Octavio César Augusto, por la vía de catalogar a los mejores juristas y darles la posibilidad de emitir opiniones con valor obligatorio, porque se daban por autoridad del príncipe (ex auctoritatis principis). Estos juristas escogidos entre los mejores tenían el “ius publice respondendi” es decir el derecho de responder a las preguntas jurídicas de los ciudadanos proporcionándoles soluciones que eran de obligado cumplimiento. Ya que los “iudices” debían seguirlas obligatoriamente. Y gracias a ello la “jurisprudencia” romana siguió siendo de calidad y el sistema jurídico romano pudo perfeccionarse hasta convertirse en un excelente instrumento técnico de resolución de conflictos.
A día de hoy, a pesar de que teóricamente en los países democráticos vivimos en un "Estado de derecho" cuyi principio esencial es que el poder político está sometido al sistema jurídico, los gobernantes siguen tratando de controlar por todos los medios la Administración de Justicia. Porque unos jueces independientes son muy molestos.
9. Los juristas acaban dedicándose a la docencia.
En los últimos siglos del Imperio romano, que se conocen como el período del Bajo Imperio (siglos IV y V d.C.) los juristas romanos pierden su crucial protagonismo en el desarrollo y aplicación de un derecho romano que ahora queda exclusivamente en manos de los emperadores, como veremos en el episodio 7.
Sin embargo algunos juristas reorientaron la profesión y en vez de crear soluciones jurídicas innovadoras se dedicaron a ofrecer visiones sencillas de cómo funcionaba el sistema jurídico romano. El más conocido de ellos fue Gayo, del que no sabemos casi nada ya que fue un jurista del montón desconocido durante su vida, pero que saltó a la fama después de muerto gracias a que escribió un libro genial. Una introducción sencilla y comprensible al sistema jurídico romano: sus “Instituciones” (Instituta).
El libro de las Instituciones se hizo famoso no gracias al marketing, sino exclusivamente por su inmensa utilidad. Ya que a partir de entonces quienes querían dedicarse a la profesión jurídica contaron con un manual sencillo que les facilitaba mucho el aprendizaje de cómo funcionaba el sistema. De hecho se copió tantas veces, que una de estas copias ha llegado hasta nuestros días. Por eso la obra de Gayo es el único testimonio de la “literatura jurídica” romana que ha llegado íntegro hasta nuestros días. Toda una gesta.
10. Ejerciciosa) CONCEPTOS
Juan Domat. Consilium (del pretor). “Responsa” (de los pontífices romanos). Cneo Flavio. Literatura jurídica. Tiberio Coruncanio. “Jurisprudencia (sentido romano y sentido actual). “Cursus honorum”. Honorarios. “Ius publice respondendi”. Sistematización del derecho. “Enchiridion” (Pomponio). "Instituciones" (de Gayo)
b) PREGUNTAS
1. ¿En qué coinciden Gayo, Jean Domat o H.L. Hart a la hora de afrontar el estudio del derecho? (Introducción)
2. ¿Qué visión del derecho ofrecen El cancionero de Baena del siglo XV y Johann W. von Goethe? ¿Por qué? (Introducción).
3. ¿Por qué Sócrates no quiso que nadie lo defendiese? (Episodio 5)
4. ¿Por qué inicialmente el “ius” estaba en manos de los sacerdotes romanos (Episodio 5).
5. ¿Qué tres iniciativas contribuyeron a romper el monopolio que la clase dirigente sacerdotal ejercía inicialmente sobre el derecho romano? (Episodio 5).
6. ¿Cuál era el aliciente que inclinaba a los romanos a dedicarse a la profesión de jurisconsulto? ¿Cómo se formaba uno para ejercer la profesión jurídica? (Episodio 5).
7. ¿Podían las mujeres romanas ejercer la profesión jurídica? (Episodio 5).
8. ¿Por qué entra en crisis la jurisprudencia romana en la etapa de las guerras civiles? ¿Cuál era la opinión de Cicerón al respecto? ¿Quién soluciona la crisis y cómo?
9. ¿Cómo influye la cultura griega a partir del 146 a.C. en la jurisprudencia romana?
10. ¿Por qué los juristas romanos acaban perdiendo su papel de protagonistas en relación con el “ius” en la etapa imperial?
11. ¿Cuál es la función de los juristas a partir de las obras de Pomponio y de Gayo? ¿En qué se diferencia su labor de la de los juristas clásicos?





















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