¿Por qué el derecho romano sigue siendo una referencia para los juristas del siglo XXI? Por la sencilla razón de que fue el primer sistema jurídico operativo de la historia. ¿Por qué era tan bueno? Porque no se construyó a base de leyes, sino que se construyó caso por caso. Porque el ius se basaba en “acciones procesales.” No había derecho en Roma si uno no podía solicitar el restablecimiento del orden roto por el conflicto ante la autoridad competente. El ius se construyó acción a acción.
Primero con las fórmulas sagradas con las que los sacerdotes que protegían el orden inmemorial consuetudinario de los antepasados (mores maiorum); unos antepasados que eran dioses para los romanos. Luego aparecieron las primeras acciones escritas en la Ley de las XII tablas. Y finalmente los pretores empezaron a ampliar el catálogo de acciones cuando los ciudadanos pedían justicia para un caso nuevo, que no quedaba protegido con las acciones tradicionales existentes.
El derecho romano clásico acabó siendo excelente porque era un derecho apegado a la realidad, construido caso por caso. Un derecho pragmático y realista. Por eso abordamos en la clase de hoy la historia del derecho romano centrándonos en sus orígenes procesales .
Luego vendría el Imperio y el Dominado y los emperadores pasaron a ser tan poderosos que acabaron controlando el proceso que se convirtió en una competencia de la administración imperial. Pero para entonces el núcleo esencial del derecho romano clásico: el derecho pretorio u honorario ya estaba formado. Por eso el sistema jurídico romano era tan bueno.
LECTURAS Y EJERCICIOS PARA LA CLASE DEL
28 DE OCTUBRE DE 2020
a) Cronología:
FECHAS IMPORTANTES:
Creación de la magistratura del Pretor (360 a. C.)
Ley de las XII Tablas (450 a. C.)
Lex Aebutia (150 a. C.)
Adriano (117-138) ordena la “codificación” del Edicto Pretorio
b) Conceptos:
Mores maiorum
Manes, lares, penates
Fas
Ius sacrum
Ius civile
Formulas sacerdotales
Acciones
Legis actiones
Acciones declarativas
Acciones ejecutivas
Pretor
Consilium
Proceso formulario
Edicto pretorio
Fase in iure
Litis contestatio
Fase apud iudicem
Album
Árbitro (iudex)
Proceso “per relationem”
Rescripto
Cognitio extra ordinem
Recurso de apelación
c) Lecturas:
PREGUNTAS:
Del texto “El derecho como instrumento de resolución de conflictos: los orígenes procesales del derecho romano” Materiales, pgs. 82-93.
Advertencia: Para no abrumaros he sustituido las 31 preguntas que aparecen en los materiales por las 18 siguientes. Estas son las que tenéis que contestar.
1ª.¿Qué eran los mores maiorum? Explica el concepto contraponiéndolo al concepto actual del derecho legislativo estatal (legicentrismo)
2ª. ¿Por qué los mores maiorum eran protegidos por los sacerdotes romanos, que eran los que velaban por su respeto? Parte de recordar quienes eran originariamente los dioses romanos. Los no heredados de los griegos.
3ª. ¿Donde estaban contenidos los mores maiorum ? ¿Cómo se conocían para poder determinar en caso de conflicto social si se habían infringido?
4ª. ¿Cuál era la relación existente entre el fas y el ius? Parte de la idea de la "transición del fas al ius".
5ª. La primera Ley romana es la de las XII tablas. ¿Qué explica su aparición frente al "ius" consuetudinario derivado de los mores maiorum.
6ª. Explica la frase: en el derecho romano tradicional el ius estaba estrechamente vinculado con la "acción" en sentido jurídico ("no hay ius sin acción").
7ª. ¿Qué eran la "legis actiones"? ¿En qué se diferencian de las acciones tradicionales del ius?
8ª. ¿Cual es la diferencia entre una "acción declarativa" y una "acción ejecutiva"?
9ª. ¿Por qué se pasa del catálogo de las "legis actiones" a las acciones del "proceso formulario? ¿En qué se diferencian unas acciones de otras?
10ª. ¿Cuál era la función del pretor tal y como la define la Lex Aebutia del 150 a. C.? ¿Era el equivalente del juez actual? Piensa en las dos fases del proceso romano clásico.
11ª. ¿Cómo era posible que el pretor que como todos los magistrados romanos estaba solamente un año en el cargo, tuviera los conocimientos y el "savoir faire" jurídico necesario para poder inventar nuevas acciones procesales?
12ª. ¿Los jueces romanos tenían originariamente formación jurídica? ¿Cómo se designaban? ¿Por qué su función estaba simbolizada por una balanza?
13ª. ¿Por qué en la Roma clásica, a diferencia de lo que ocurre con los jurados actuales, los jueces no tenían que ajustarse a una reglamentación precisa del proceso? ¿Quién definía los términos en los que el juez tenía que actuar en el proceso?
14ª. ¿Qué significa que el iudex romano estaba más cerca de los "árbitros" actuales que de la figura que hoy representa el juez?
15ª. ¿Quién creaba el derecho en la época clásica en Roma? ¿El legislador? ¿El juez? Argumenta la respuesta.
16ª. ¿Qué era el edicto pretorio? ¿Cuál era su función respecto del ius? ¿Por qué gracias a él el derecho romano acabó siendo de una extraordinaria calidad? ¿Qué significó que Adriano mandara codificarlo?
17ª. Explica cómo poco a poco el Estado romano fue adueñándose del proceso, entendido como cauce técnico de resolución de los conflictos entre ciudadanos? Explica las tres fases: el proceso per relationem, los rescriptos y la cognitio extra ordinem.
18ª. ¿En qué se diferencia el proceso imperial del Dominado del proceso romano clásico? Examina los aspectos siguientes: cambio del sentido del procedimiento, nuevo papel del iudex, jerarquización de la administración de justicia.
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