I. MATERIAL AUDIOVISUAL:
TED de Carol Cadwalladr. “El papel de Facebook en el Brexit: una amenaza para la democracia”
https://www.ted.com/talks/carole_cadwalladr_facebook_s_role_in_brexit_and_the_threat_to_democracy#t-3398
II. EJERCICIOS:
A) CRONOLOGÍA de Historia Jurídica:
Fechas importantes:
Etapa de la Baja Edad Media (del 1075 a 1488) 22 fechas….
Palabras a entender:
- Dictatus Papae (Reforma Gregoriana)
- Rito hispánico (mozárabe) y rito romano (gregoriano)
- "Universitas"
- Irnerio y la glosa
- Magna glosa de Accursio
- Decreto de Graciano y Decretales
- Enrique II de Inglaterra, Assize y Common Law
- Cortes de León de 1188
- Glanville y Bracton
- Carta Magna d 1215
- Las partidas de Alfonso X el Sabio
- Atentado de Anagni y fin teocracia pontificia
- Cisma de Occidente
- Eduardo I el Justiniano Inglés (Braveheart)
- Comentaristas (postglosadores) Bartolo y Baldo. Mos italicus
- Common Law y Ius commune
- Bartolomé Diaz y la expansión occidental (Zheng He v. Cristóbal Colón)
B) DESARROLLO DEL PROGRAMA : Preguntas de los epígrafes 10 y 11
La transformación bajomedieval o el origen de Occidente
Epígrafe 10: El resurgimiento procesal del derecho
D) BLOG "APROBAR Y APRENDER" (LECTURAS)
La ignorancia es la madre de todos los males
En los textos de hoy hay tres bloques diferenciados:
a) En el primer bloque os propongo una reflexión sobre la figura del humanista francés François de Rabelais y su utopía sobre la “Abadía de Thelema”. La pregunta sobre esto sería:
1. ¿Por qué los residentes en Thelema son libres de hacer lo que quieran sin obligaciones ni reglas de ningún tipo?
b) En el segundo bloque hago referencia a lo que podríamos denominar la “ignorancia aplicada”. Es decir cuáles son las consecuencias “prácticas” de la ignorancia. Eso sí en un aspecto concreto: el de la libertad política. La ignorancia conduce al sometimiento de los ignorantes a los dictadores.Las preguntas que os propongo son las siguientes:
2. Explica el sentido de la frase de Condorcet: “someter la masa de un pueblo a la voluntad de una de sus porciones”.
3. ¿Por qué Tocqueville establece una comparación entre la vida de los humanos y la vida de las sociedades? ¿En qué medida son opuestas?
4. ¿Por qué para Victor Hugo la lectura lleva a la “revolución”?
5. ¿Estáis de acuerdo con Thiers? Poned algún ejemplo contemporáneo de la validez de su diagnóstico en nuestra sociedad actual.
c) En el tercer bloque incido en la idea de que internet, que puede ser un instrumento genial, tiene sin embargo un lado oscuro, ya que contribuye a “idiotizar” al personal. Es una buena reflexión sobre algo que forma parte íntima de vuestra vida cotidiana. Un diagnóstico para tratar de comprender lo importante que es saber usar bien la tecnología.
6. Haced una lista de las cosas buenas y las cosas malas que tiene internet según Umberto Eco.
7. ¿Os veis identificados en la carta de renuncia de Haberkorn? ¿Tiene razón?
TED de Carol Cadwalladr. “El papel de Facebook en el Brexit: una amenaza para la democracia”
https://www.ted.com/talks/carole_cadwalladr_facebook_s_role_in_brexit_and_the_threat_to_democracy#t-3398
II. EJERCICIOS:
A) CRONOLOGÍA de Historia Jurídica:
Fechas importantes:
Etapa de la Baja Edad Media (del 1075 a 1488) 22 fechas….
Palabras a entender:
- Dictatus Papae (Reforma Gregoriana)
- Rito hispánico (mozárabe) y rito romano (gregoriano)
- "Universitas"
- Irnerio y la glosa
- Magna glosa de Accursio
- Decreto de Graciano y Decretales
- Enrique II de Inglaterra, Assize y Common Law
- Cortes de León de 1188
- Glanville y Bracton
- Carta Magna d 1215
- Las partidas de Alfonso X el Sabio
- Atentado de Anagni y fin teocracia pontificia
- Cisma de Occidente
- Eduardo I el Justiniano Inglés (Braveheart)
- Comentaristas (postglosadores) Bartolo y Baldo. Mos italicus
- Common Law y Ius commune
- Bartolomé Diaz y la expansión occidental (Zheng He v. Cristóbal Colón)
B) DESARROLLO DEL PROGRAMA : Preguntas de los epígrafes 10 y 11
La transformación bajomedieval o el origen de Occidente
El sistema jurídico consuetudinario, basado en la preservación del orden impuesto por la divinidad, fue, como hemos visto, el adecuado para la era feudal. Por la desaparición de un poder político fuerte como el que representaba el Imperio romano en los últimos cuatro siglos de su historia y su sustitución por una pirámide de pactos entre particulares, y por el carácter relativamente estático de una sociedad esencialmente rural. Por eso prevaleció el derecho viejo inmemorial que en caso de litigio concretaban los jueces nombrados por la comunidad por su carácter respetable.
Estas condiciones que caracterizan las sociedades europeas durante la etapa altomedieval (siglos VIII al X) cambian sin embargo radicalmente a partir del siglo XI como consecuencia de una fundamental transformación económica que hizo pasar a los europeos de un sistema autárquico de autosuficiencia a un modelo de intercambio mercantil sustentado en un modelo desarrollado de pagos monetarios o financieros indispensable para facilitar los intercambios. La expansión económica transforma radicalmente las condiciones de vida, motivo por el que este fenómeno ha sido denominado por los historiadores "Revolución comercial", generador del movimiento que el historiador belga Henri Pirenne denomina "capitalismo comercial", que sienta las bases de la que acabaría siendo conocida como "Civilización occidental", por su situación geográfica frente a las viejas civilizaciones orientales, surgidas en Egipto, Mesopotamia, la India y China, que hasta entonces habían sido las más relevantes del planeta.
Los orígenes del modelo de civilización occidental que en la actualidad se ha extendido por todo el mundo deben buscarse precisamente en este movimiento de expansión comercial que se inicia a mediados de la Edad Media y que imprime a Occidente un dinamismo que acabaría convirtiendo a los pequeños y oscuros estados europeos, herederos de los débiles y desorganizados reinos germánicos, en el motor del mundo.
Este dinamismo económico transforma radicalmente la sociedad, su organización política y, por supuesto, su organización jurídica. Aparece un nuevo tipo de derecho en el que los "reyes" empiezan a tener cada vez más protagonismo. Primero en el ámbito estrictamente procesal como expansión de la jurisdicción regia que suplanta a las demás y logra consolidar su poder como máxima autoridad judicial; algo que ocurre sobre todo en Inglaterra y genera un nuevo sistema jurídico basado en el resurgimiento procesal del derecho: el Common Law. Y segundo en el ámbito académico de las universidades, donde vuelve a estudiarse el derecho romano recogido en la compilación de Justiniano y se renueva para poder ser aplicado a la nueva realidad económica, social y política. Algo que ocurre en toda Europa con la excepción de Inglaterra. Surge así un mismo tipo de derecho que acaba recibiendo el nombre de "ius commune" y prevalecerá en rasgos generales hasta la aparición del estado-nación que provoca la estatalización del derecho. Vamos a ver en qué se diferencian ambos sistemas jurídicos que a día de hoy siguen siendo diferentes.
Epígrafe 10: El resurgimiento procesal del derecho
1. ¿Por qué los reyes medievales podían legítimamente aspirar a convertirse en jueces supremos? ¿Por qué no podían ser reyes legisladores?
2. ¿Cómo logra Enrique II de Inglaterra convertir a la jurisdicción real en la principal (única) del reino? Piensa en cómo organiza la administración de justicia y cómo logra que se extienda a todo el reino.
3. ¿Por qué el sistema jurídico inglés acaba llamándose del "Common Law"?
4. ¿En qué medida el sistema del Common Law se parece al sistema jurídico romano del derecho pretorio (proceso formulario)? Explica lo que son los "writs"
5. ¿Explica por qué el principio del "stare decisis" es el fundamento del sistema del Common Law?
Epígrafe 11: El triunfo del derecho académico
6. ¿Hay algún condicionante político que explique el resurgimiento del estudio del derecho romano en la Europa Bajomedieval?
7. ¿Cómo logran los profesores de derecho entender el Corpus Iuris de Justiniano?
8. ¿En qué se diferencian los glosadores de los postglosadores?
9. ¿Qué significa que el derecho romano era para los juristas medievales una "ratio scripta"? ¿En qué ciencia se inspiran?
10. ¿Por qué entre los siglos XII y XVIII se produce una integración jurídica a nivel de la Europa continental?
11. ¿Por qué Inglaterra no se suma a la "revolución del ius commune"?
12. ¿En qué se diferencia esencialmente el Common Law del Ius Commune?
C) TEXTOS Nº 19 y 20 y 21 y 22 (MATERIALES)
¿Qué es lo que a los humanos nos diferencia de los demás seres vivos?
a) Unos seres nada relevantes
Texto 19: Un ser más en el cosmos
1. ¿Qué es el animismo?
2. ¿Qué posición ocupa el ser humano en el cosmos según los animistas?
Texto 20: Parte del planeta
3. ¿Cómo reaccionaron los nayakas frente a los funcionarios del departamento forestal indio que habían capturado al “elefante que siempre anda solo” que había matado a un miembro de la tribu?
b) Animales especiales
Texto 21: Las bases de nuestra superioridad física
4. ¿Qué consecuencias tiene que la especie homo sapiens tenga un cerebro extraordinariamente grande?
5. ¿Cuáles son las consecuencias de que andemos erectos? Diferencia las consecuencias positivas de las negativas?
6. ¿Cuáles fueron las consecuencias de que las hembras de homo sapiens tengan las caderas estrechas? ¿Por qué este rasgo físico ha sido esencial en el triunfo de la especie?
Texto 22: Las bases de nuestra superioridad mental: La revolución cognitiva
7. ¿Por qué se produce la “Revolución gonitiva” hace entre 70.000 y 30.000 años?
8. ¿Por qué el lenguaje de los sapiens es especial frente al de los otros animales?
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9. Explica la teoría de “hay un león en el río”. Céntrate en diferenciar esa apreciación en los animales y en los humanos.
10. Explica la “teoría del chismorreo” ¿Por qué es básica de convertir al ser humano en un ser social?
La ignorancia es la madre de todos los males
En los textos de hoy hay tres bloques diferenciados:
a) En el primer bloque os propongo una reflexión sobre la figura del humanista francés François de Rabelais y su utopía sobre la “Abadía de Thelema”. La pregunta sobre esto sería:
1. ¿Por qué los residentes en Thelema son libres de hacer lo que quieran sin obligaciones ni reglas de ningún tipo?
b) En el segundo bloque hago referencia a lo que podríamos denominar la “ignorancia aplicada”. Es decir cuáles son las consecuencias “prácticas” de la ignorancia. Eso sí en un aspecto concreto: el de la libertad política. La ignorancia conduce al sometimiento de los ignorantes a los dictadores.Las preguntas que os propongo son las siguientes:
2. Explica el sentido de la frase de Condorcet: “someter la masa de un pueblo a la voluntad de una de sus porciones”.
3. ¿Por qué Tocqueville establece una comparación entre la vida de los humanos y la vida de las sociedades? ¿En qué medida son opuestas?
4. ¿Por qué para Victor Hugo la lectura lleva a la “revolución”?
5. ¿Estáis de acuerdo con Thiers? Poned algún ejemplo contemporáneo de la validez de su diagnóstico en nuestra sociedad actual.
c) En el tercer bloque incido en la idea de que internet, que puede ser un instrumento genial, tiene sin embargo un lado oscuro, ya que contribuye a “idiotizar” al personal. Es una buena reflexión sobre algo que forma parte íntima de vuestra vida cotidiana. Un diagnóstico para tratar de comprender lo importante que es saber usar bien la tecnología.
6. Haced una lista de las cosas buenas y las cosas malas que tiene internet según Umberto Eco.
7. ¿Os veis identificados en la carta de renuncia de Haberkorn? ¿Tiene razón?